Se encuentra vigente en el distrito de Tornquist, la Ordenanza Nº 3840/24 que
establece la obligatoriedad de que los comercios gastronómicos posean cartas menú
en sistema de escritura y lectura Braille.
La confección de la norma, surgió a partir de un proyecto presentado por alumnos de
3º año del Nivel Secundario del Colegio Nuestra Señora de Luján de la localidad
cabecera, impulsando acciones que contribuyan a mejorar el acceso y la vida cotidiana
de las personas con discapacidad visual.
La iniciativa fue aprobada por unanimidad en el Honorable Concejo Deliberante y
promulgada a través del Decreto 1252/24.
Entre sus puntos, dispone que los restaurantes, bares, cafeterías, restó, casas de
comidas y todos los locales cuyo principal fin es la venta y expendio de alimentos al
público, tienen que tener un 10% de sus cartas en sistema Braille (o una en caso de
lugares con hasta 10 mesas).
Las cartas en Braille deben ser iguales a las impresas en escritura convencional y
contener el nombre y denominación de los platos, descripción de los ingredientes y
listado de bebidas ofrecidas.
Los comercios comprendidos en la ordenanza, deben cumplimentar lo establecido en
un plazo no mayor a 180 días a partir de su promulgación, con fecha del 18 de
septiembre de 2024, siendo la autoridad de aplicación la Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Productivo.